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Seguro Obligatorio Covid-19: ¿Se debe contratar en 2023?

Artículo

 

Desde el 4 de julio de 2021 es necesario que los empleadores contraten el Seguro Obligatorio Covid-19 para trabajadores que se encuentren prestando servicios en modalidad presencial, total o parcial. Pero, ¿sigue siendo obligatorio en 2023, qué es lo que cubre este seguro y cuándo se puede ocupar? En el DailyFast te respondemos estas y otras preguntas frecuentes.  

¿Qué es el Seguro Obligatorio Covid-19?

Es un seguro de carácter obligatorio cuyo objetivo es proteger de la enfermedad COVID-19 a los trabajadores del sector privado que cuenten con un contrato sujeto al Código del Trabajo y que estén realizando funciones presenciales de manera total o parcial. 

 

¿Qué cubre el Seguro?

Cubre Los costos asociados a gastos de hospitalización y rehabilitación derivada de un diagnóstico confirmado de Covid-19, siempre y cuando, el diagnóstico se haya realizado dentro del periodo de vigencia de la póliza. Para el caso de fallecimiento incluye una cobertura de 180 UF. 

 

Para los trabajadores afiliados a FONASA en los tramos B, C y D el seguro indemnizará un monto equivalente al 100% del copago por los gastos de hospitalización y rehabilitación, realizados en la Red Pública: Consultorios, SAPU, Posta, Hospitales, CESFAM, entre otros que conforman la Red. 

 

En el caso de los trabajadores afiliados a una ISAPRE el seguro cubrirá el deducible aplicado a gastos de hospitalización y rehabilitación, habiendo activado el CAEC (Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas), siempre y cuando se atienda en la Red de Prestadores CAEC.

 

En caso de fallecer el asegurado (sin importar su edad) y cuya causa básica de defunción sea COVID-19, el seguro pagará un monto de 180 UF.

 

¿Qué no cubre el seguro?

  • Gastos de hospitalización o fallecimiento asociados a otras enfermedades que no sean COVID-19.
  • Gastos de hospitalización o fallecimiento asociados o derivados de lesiones sufridas en un accidente, de cualquier naturaleza o tipo, incluso si la víctima tiene Covid-19. 
  • Para las personas aseguradas que están afiliadas a FONASA, los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la Red Pública.
  • Para las personas aseguradas que están afiliadas a una ISAPRE, los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la red de prestadores de salud individuales e institucionales que cada Institución pone a disposición de sus afiliados, con el propósito de otorgarles la CAEC.

 

¿Cuál es su vigencia?

El Seguro tiene vigencia de un año desde su contratación. En el caso de que expire la vigencia de la póliza y aún permanezca la alerta sanitaria, el empleador deberá contratar un nuevo seguro o renovar el existente.

 

¿Qué ocurre con el seguro si termina la relación laboral?

Independiente del término de la relación laboral (sin importar la causa), el seguro se mantendrá vigente por 1 año desde la fecha en que fue contratado.  

¿Quién debe contratar el Seguro Obligatorio COVID-19?

Es obligación del empleador contratar el seguro y entregar el comprobante de su contratación al trabajador. En el caso de los trabadores independientes, dependerá de ellos mismos si quieren o no contratarlo. 

¿Este seguro sigue siendo obligatorio en 2023?

Según detalla, Fernanda Vergara, Gerente de Operaciones y Seguros de FinFast, “Si bien se han generado dudas sobre la continuidad de este seguro, debido a la disminución en los casos de contagios por COVID y la flexibilidad en los protocolos de medidas sanitarias, sigue siendo obligatoria su contratación. Pues la validez de lo exigido en la ley 21.342 depende de la vigencia de la alerta sanitaria”.

Teniendo en cuenta lo que explica Fernanda Vergara y debido a que el Minsal ha decidido extender la alerta sanitaria en Chile hasta el 31 de agosto, también se extiende la obligatoriedad de contratar y/o renovar el Seguro Covid-19 por parte de los empleadores.

¿Cómo puedo saber si cuento con el Seguro Covid-19?

A través de este enlace puedes conocer si tu empleador contrató el seguro para ti. Ingresando tu RUT sin puntos y con guion podrás conocer desde cuando cuentas con el Seguro Obligatorio Covid-19 para trabajadores. Además, también podrás conocer cuál es su fecha de caducidad. 

 

¿Cómo se activa la cobertura del seguro?

Para la cobertura de salud de esta póliza, FONASA e Isapres son las encargadas de notificar los siniestros de salud a las aseguradoras. 

 

Por otro lado, para la cobertura de fallecimiento, se deberá entregar el certificado de defunción del asegurado a la Compañía donde se contrató el seguro. La indemnización será pagada a causa exclusiva de fallecimiento por Covid-19.

 

¿Qué pasa si no es contratado este seguro?

En caso de que el empleador no lo contrate el seguro, tendrá que hacerse responsables del pago de las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador, sin perjuicio de las sanciones que correspondan conforme a lo dispuesto en el artículo 505 y siguientes del Código del Trabajo.

¿Hasta cuando se debe contratar?

Es obligatorio y deberá contratarse y/o renovarse mientras dure la emergencia sanitaria.

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